El Derecho Público, paradojas y falacias.
Los que hemos estudiado Derecho Público y en particular Derecho Administrativo, hemos oído acerca de los principios que rigen la actividad de los llamados órganos del Estado, y con los cuales se pretenden controlarlos y así garantizar los derechos del individuo. Nos referiremos a tres de ellos: 1. El sometimiento de los órganos del Estado a la Ley (llamado el principio de la legalidad), 2. El control judicial de la actividad del Estado, y 3. La Responsabilidad del Estado. Por suerte y por distintas razones algunos también nos hemos topado con escritos como La Falacia de la Ventana Rota de Frederic Bastiat, que nos han hecho reflexionar sobre las severas contradicciones y errores que presentan esos principios que se nos enseñaron.
Gracias a la visión orgánica del Estado y a otro paradójico principio “El de la Personalidad Jurídica del Estado” (es decir: aquel según el cual, Estado es un ser dotado de órganos, de vida, existencia e intereses propios), cada uno de los anteriores principios encierra a su vez otra paradoja. La primera: si son los propios órganos del estado los que definen qué es la ley y el derecho: ¿qué relevancia tiene, en aras de garantizar los derechos del individuo, que dichos órganos estén sometidos a la ley si ellos mismos la dictan?; La segunda: Si los tribunales son órganos del Estado ¿qué relevancia tiene, en aras de garantizar los derechos del individuo, que los órganos del Estado sean controlados por un órgano del Estado?
La Paradoja de la Responsabilidad del Estado
Ahora bien, para explicar la tercera paradoja –la referida a la responsabilidad del Estado- nos valdremos de un ejemplo: Supongamos que el Estado -violando la ley que ha dictado- causa un daño (por acción u omisión) a un individuo y éste logra que un tribunal del Estado condene al propio Estado a reparar el daño causado, y en consecuencia que el Estado destine parte de sus fondos públicos (dinero obtenidos de: impuestos cobrados a los ciudadanos; de la venta o de las rentas de algún bien público) para pagar el daño causado. Esto que a muchos puede parecer adecuado (y que por cierto, rarísimas veces pasa en nuestro país), implica que:
Muchos ciudadanos que no le causaron ningún daño al afectado, financiaran la reparación del daño (es decir se socializa la reparación), con lo que además surge un nuevo daño (el causado a los pagadores), el cual -si se es consecuente con el principio de la responsabilidad- también debería ser reparado, causándose a su vez un nuevo daño y así absurdamente ad infinitum. Incluso puede también implicar: la contradicción de que el propio afectado financie en parte la reparación del daño que a él le ha sido causado. Es así que, por ejemplo: los judíos que vivieron en Alemania luego de la 2da Guerra Mundial– a menos que el Estado alemán no les cobrase impuestos – contribuyeron a pagar las compensaciones de guerra que los nazis causaron.
Ahora bien, cuando nos referimos a un Estado que rige sobre la vida de 30 millones personas lo extraído forzosamente a cada uno de ellas, sin duda, puede parece insignificante en lo individual, pero si se va reduciendo el número de integrantes de la sociedad que se hará cargo del daño causado por el Estado, -digamos por ejemplo: unas mil personas, incluso a menos – el tema empieza a adquirir una importante relevancia personal para los que habrás de pagar por el daño causado. Esta misma contradicción se hace evidente, ya no cuando se reduce la cantidad de individuos sometidos a un Estado en particular, sino cuando se aumenta la cantidad del daño causado por el Estado, o crece la cantidad de individuos víctimas del daño.
La Paradoja de la Responsabilidad del Estado-Venezuela
Es evidente que en Venezuela una gran cantidad de los padecimientos que cargamos todos individuos (salvo la casta gobernante y usufructuaria del poder) es generado directamente por el Estado (más bien por sus agentes), entonces ¿Qué sentido tendría en el futuro –la 6ta República- socializar la reparación de un daño, que en gran medida nos ha sido causado a todos? Ello sería como pasarnos dinero de un bolsillo al otro; y quizá peor, porque en el acto el Gobierno se quedaría con parte de él, por concepto de gastos administrativos.
Por otra parte, no estaría de más señalar otra paradoja de la Responsabilidad Patrimonial del Estado o (La socialización de daños), la cual estriba en que: al destinarse fondos públicos para la reparación del daños causados por el Estado, dichos fondos dejan de destinarse para atender otros asuntos que el Estado –excluyendo la iniciativa individual- ha decidido asumir y/o monopolizar; con lo cual se genera a su vez un nuevo daño a los integrantes de la sociedad.
La Paradoja de la Responsabilidad del Estado-Venezuela II (No descuidar el futuro)
No obstante lo anterior, puede ser que en el futuro algunos en un arrebato de imbecilidad pretendan que –el paradisiaco Estado que está por venir- les repare los daños causados por el infernal gobierno actual. Pero quienes sin duda sí lo pretenderán, pero no en arrebatos de imbecilidad sino de astucia, serán la futura clase dominante. Sin embargo, pienso que: más allá de la responsabilidad moral y política del partido de gobierno y la responsabilidad personal de algunos de sus acólitos y funcionarios, declarar la responsabilidad patrimonial del Estado será algo inútil e infantil.
La Paradoja de la Responsabilidad del Estado-Grecia.
Estas reflexiones sobre el pasado y futuro la responsabilidad del Estado, nos traen a un caso actual: Grecia. Como es sabido, parte de los habitantes de la cuna de la democracia, han decidido democráticamente que no aceptan los términos de pago, de una deuda que el Estado contrajo en nombre de todo ellos.
Pues bien, si Sócrates, Platón y Aristóteles organizan una parrilla en casa y cada uno de ellos aporta para la bebida y la comida, y consumen de modo proporcional a lo aportado; raro y cómico sería que de sobremesa hagan una votación y decidan que no se deben nada entre ellos (Pero nadie tendría problemas con esta peculiar democracia). Pero si Sócrates, Platón y Aristóteles se van a un restaurant y democráticamente deciden los dos primeros de ellos que el Aristóteles pagará toda la cuenta, o peor aun, que simplemente no le pagarán al dueño de establecimientos nada en lo absoluto; que quieren pagar menos de lo consumido; o que pagarán cuando ellos quieran, también nos podrá sonar raro y cómico, pero seguro no dudaríamos –a menos de que fuésemos unos pillos- a consentir en que el dueño del restaurant tiene el derecho a obligarlos con un bate a lavar los platos – Derecho el cual de seguro ejercerá así se llame Karl o se apellide Merkel-.
Aun así, es posible que algunos de nuestros personajes tengan alguna razón legitima para no querer pagar, por ejemplo: ¿quién no ha oído sobre individuos que se sientan a una mesa, toman whisky y pretenden dividir la cuenta en partes iguales con los que tomaron agua mineral o simplemente no aportar dinero alguno? Pero todos los que hemos pasado por esta experiencia, sabemos bien, que en esos casos la solución de ese menudo problema solo incumbe los ocupantes de dicha mesa y a nadie más.
El problema con los griegos –incluidos aquellos que no pecan de bribones- es que parecen creer que la voluntad de la mayoría puede legitimar cualquier desatino y además olvidan que la patraña llamada falsamente contrato social, no incluye la cláusula “cuentas separadas”; si la incluyese dejaría de ser una patraña y si sería un contrato.
Sócrates, Platón, Aristóteles y Karl, y el Futuro de la Responsabilidad
Es así que si hoy no saldan sus deudas, los griegos, al final y pese a toda fe que puedan tener en la democracia, si en el futuro quieren comer y beber, tendrán que pagar por adelantado. A menos que tenga la suerte de entrar al restaurant y vez de encontrar al dueño, hallen a un encargado irresponsable o decidan ir a comer comida china. ¿Puede suceder, no?
Por: Edgar Gil | Foto: inhome